El área técnica de ANEEL recomendó priorizar otros contratos en el reparto contable del curtailment y dejar las usinas de reserva para una etapa posterior si persisten los cortes. El expediente continúa abierto y todavía no hay una decisión definitiva.
El 2 de octubre, el área técnica de ANEEL envió una recomendación al gabinete del director Gentil Nogueira. La propuesta no elimina el curtailment para las usinas eólicas y solares con contratos de energía de reserva. Sí podría colocarlas al final del orden de recorte.
El perjuicio contable se distribuiría primero entre emprendimientos vinculados con otros tipos de contratos. Las centrales de reserva entrarían solo si persiste un volumen residual de cortes.
La propuesta sigue abierta.
La propuesta bajo análisis
El memorando respondió preguntas del equipo de Nogueira. Al 5 de octubre, el trámite todavía no había terminado. La votación quedó suspendida después de que Nogueira y el director Fernando Mosna solicitaran acceso a los materiales del expediente.
El asunto debía volver a la reunión del colegiado prevista para el 6 de octubre. Por eso, la alternativa aún no era una decisión de la Agência Nacional de Energia Elétrica. Tampoco producía efectos prácticos sobre los agentes.
El análisis también está ligado a la Consulta Pública 45/2019. El superintendente Felipe Calabria firmó el 2 de octubre la respuesta técnica relacionada con el tema. Ese paso prepara una posible decisión regulatoria, pero no confirma su aprobación ni su entrada en vigor.
El esquema propuesto fija un umbral de recorte. Mientras ese límite no se supere, las usinas con contratos de reserva quedarían fuera del reparto contable del perjuicio.
Si los cortes continúan después de alcanzar ese nivel, la generación de esos emprendimientos también se reduciría. Ese volumen entraría entonces en la asignación.
Qué significa el período sombra
La medida se probaría durante un período sombra. La etapa serviría para comprobar cómo funciona el ordenamiento antes de que la regla tenga consecuencias prácticas para las empresas generadoras.
El material disponible no dice cuánto duraría la prueba. Tampoco fija el límite que incluiría a las usinas de reserva.
Ese punto importa.
La propuesta no equivale a una inmunidad frente a los cortes. La diferencia está en el momento en que cada grupo de contratos asumiría el recorte y en la forma de distribuir esa pérdida en las cuentas.
El ONS conservaría la facultad de reducir físicamente la generación de las centrales con contratos de reserva. Esas instalaciones siguen sujetas a las decisiones operativas del operador y a las obligaciones de entrega previstas en sus contratos.
La propuesta no crea una inmunidad física frente al curtailment: el ONS mantiene la potestad de reducir la generación de las centrales con contratos de energía de reserva.
La lógica de los contratos
El área técnica relacionó su recomendación con la naturaleza de los contratos de energía de reserva. Según el memorando, contratar bajo ese régimen podría indicar una preferencia por esos proyectos cuando el sistema necesite reducir la oferta.
Eso no los excluiría de forma permanente de los cortes. El argumento se basa en el régimen contractual con el que fueron incorporados los emprendimientos.
La propia categoría de reserva está en el centro de la discusión. El documento sostiene que ese tipo de energía debería asociarse con una fuente despachable, como una central térmica o hidroeléctrica capaz de activarse cuando el sistema enfrenta momentos críticos de oferta.
La contratación de energía eólica y solar bajo esa modalidad cambia esa lógica. Son fuentes cuya generación depende de las condiciones disponibles y no de una orden de despacho convencional.
Los recortes aumentan desde 2024. El ONS comenzó a limitar con mayor frecuencia la producción renovable por restricciones de transmisión y por una oferta superior a la demanda.
En las centrales fotovoltaicas centralizadas, las restricciones llegaron al 29,8% de la generación acumulada hasta agosto de 2026.
El problema ya llevó al Ministerio de Minas y Energía de Brasil a emitir la Portaria N.º 140/2026. La norma prevé compensaciones por recortes ocurridos entre septiembre de 2023 y noviembre de 2025.
Aun así, ANEEL debe definir los criterios concretos para las futuras compensaciones y para el reparto del curtailment. El sector considera esa regulación necesaria para recuperar previsibilidad en las inversiones.
En septiembre, la agencia rechazó nueve pedidos de medidas cautelares presentados por generadores solares y eólicos afectados. También ordenó a su área técnica profundizar el análisis sobre el peso que deben tener los contratos de energía de reserva en la distribución de los recortes.
La discusión sigue abierta. No existe una protección provisional general para los proyectos.
El debate se relaciona con otras decisiones sobre la operación de plantas renovables en Brasil. Un análisis anterior sobre nuevas exigencias para instalaciones solares en funcionamiento puede consultarse en ese antecedente.
En este expediente, la pregunta es otra. No se analiza la reclasificación de las plantas, sino el orden en que distintos contratos absorberían los recortes de generación.
Quién decide y qué falta
La competencia inmediata corresponde a ANEEL dentro del proceso sobre el reparto del curtailment. El colegiado deberá evaluar la recomendación técnica y los materiales solicitados por Gentil Nogueira y Fernando Mosna.
El estado del trámite deja abiertas la aprobación de la prioridad y sus condiciones de aplicación.
También falta definir el alcance operativo del umbral mencionado por los técnicos. El material no precisa su valor ni explica cómo se calcularía el volumen residual que permitiría incluir a las usinas con contratos de reserva.
Esos datos definirán cuándo dejaría de operar la protección contable. También mostrarán qué agentes quedarían expuestos en cada etapa.
Para los generadores, el debate puede cambiar el orden de asignación del perjuicio. No afirma que una tecnología quede completamente a salvo.
La propuesta técnica encaja con el régimen contractual que ANEEL está examinando. Pero todavía depende de la deliberación del colegiado y de una eventual prueba en período sombra.
Por ahora, solo hay dos certezas. El área técnica recomendó una prioridad y el proceso sigue abierto.