• 3 min de lectura
  • Publicado

Jubilados que trabajen como autónomos cobrarán solo el 25% de la pensión

Manuel Garretón Analista político latinoamericano Agencia La Provincia

Por Manuel Garretón

Jubilados que trabajen como autónomos cobrarán solo el 25% de la pensión Agencia La Provincia © agencialaprovincia.info
Jubilados que trabajen como autónomos cobrarán solo el 25% de la pensión © agencialaprovincia.info

El Gobierno argentino reglamentó que, desde agosto de 2026, los jubilados que retomen actividad como autónomos verán suspendido el 75% de su pensión durante el período laboral, según el nuevo decreto publicado.

El Gobierno nacional oficializó una modificación relevante en el régimen de jubilación flexible, que permitirá a determinados jubilados volver a trabajar como autónomos sin perder completamente el acceso a su prestación. La medida, establecida por el Real Decreto 416/2026 y publicada en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del 28 de agosto de 2026 y busca adaptar la normativa a los cambios en el mercado laboral y las trayectorias profesionales de las personas mayores.

Alcance de la nueva reglamentación

La principal novedad es que los jubilados que opten por reincorporarse al trabajo por cuenta propia podrán percibir solo el 25% de la pensión reconocida, mientras que el 75% restante quedará suspendido de manera temporal durante el período de actividad. Esta suspensión no se aplica desde el mismo día del alta como autónomo, sino a partir del primer día del mes siguiente al inicio de la actividad. Una vez finalizada la tarea como autónomo, el beneficiario recupera el 100% de la prestación desde el mes posterior al cese.

Requisitos y limitaciones para acceder

No todos los jubilados podrán acogerse a esta modalidad. El decreto establece que solo podrán acceder quienes, en los tres años previos a la fecha de jubilación, no hayan estado inscriptos como trabajadores autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Además, es obligatorio haber alcanzado la edad legal de retiro y notificar formalmente a la entidad gestora tanto el inicio como el fin de la actividad, para que la Seguridad Social ajuste el monto de la pensión en cada caso.

Impacto en las cotizaciones y excepciones

Las cotizaciones que se realicen durante el período de jubilación flexible, en general, no modificarán el cálculo de la pensión ya reconocida. Sin embargo, existe una excepción para quienes hayan accedido a la jubilación anticipada de manera involuntaria, como en casos de despido o Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). En esas situaciones, la Seguridad Social podrá recalcular la base reguladora incorporando las nuevas cotizaciones realizadas durante la actividad como autónomo.

Contexto normativo y antecedentes

La nueva disposición deroga la regulación vigente desde 2002 y responde a la necesidad de incentivar trayectorias laborales más extensas, permitiendo que las personas mayores continúen aportando experiencia sin verse obligadas a renunciar completamente a su ingreso previsional. Esta actualización se suma a otras medidas recientes orientadas a ajustar el sistema previsional argentino, como la actualización de los índices salariales para jubilaciones que se implementará desde septiembre de 2026, según informó la Subsecretaría de Seguridad Social en un comunicado oficial reciente.

La jubilación flexible es una herramienta que permite compatibilizar el cobro parcial de la pensión con la continuidad laboral, bajo condiciones específicas. Su objetivo es facilitar la transición entre la vida activa y el retiro definitivo, adaptándose a las necesidades de quienes desean o necesitan seguir trabajando después de alcanzar la edad jubilatoria. La implementación efectiva de este régimen dependerá de la reglamentación y los procedimientos administrativos que establezcan los organismos competentes.

Publicaciones relacionadas